Autor Tema: Refugio de vida silvestre  (Leído 100 veces)

JCT

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Refugio de vida silvestre
« : febrero 02, 2012, 06:37:13 am »
Algo que la mayoría desconoce es que Verónica esta dentro de una reserva, clasificada como Refugio de Vida Silvestre, lo que genera es que este prohibida la caza.

LEY 12016

ARTICULO 3°: Declárase Refugio de Vida Silvestre a toda la franja al este de la Ruta Provincial n° 11 y de la 36 con los partidos de Magdalena, Punta Indio, Chascomús, Castelli, Tordillo, Dolores, General Lavalle y de la Costa, y una franja de dos (2) kilómetros al oeste de dicha ruta.


Que dice la ley provincial sobre los REFUGIOS DE VIDA SILVESTRE

LEY 10907
ARTICULO 10º: (Texto según Ley 12459)
Adóptase la siguiente nomenclatura y planteo general de Reservas Naturales:
(...)
e) Refugios de vida silvestre: zonas, en las cuales, en virtud de la necesidad de conservación de la fauna, en áreas que, por sus características especiales o por contener hábitats críticos para la supervivencia de especies amenazadas requieren de protección; se veda en forma total y permanente la caza, con excepción de:

 

a. La caza científica y de exhibición zoológica, cuando éstas fueren imposibles de realizar en otra área, o las necesidades de investigación así lo exigieren y fueran expresamente autorizadas.

 

b. Cuando valederas razones científicas lo aconsejaren y fueran expresamente autorizadas. Queda prohibida además, la introducción de fauna silvestre o asilvestrada exótica a dicha área.

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Adjunto una imagen orienrtativa del área comprendida según mi interpretación de la ley.

 
« Última Modificación: febrero 02, 2012, 06:38:50 am por JCT »